REQUISITOS PARA LA COLEGIACIÓN
Para incorporarse a la profesión de Agentes Comercial deberá:
Dirigirse al Colegio de Agentes Comerciales donde se encuentre el domicilio profesional único o principal.
Tener capacidad legal para ejercer el comercio.
No estar inhabilitado para ejercer la profesión.
Matricularse en el curso de acceso a la colegiación.
Para la incorporación,les será de aplicación el Real Decreto 253/2003 de 28 de febrero, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 1999/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de junio de 1999, por la que se establece un mecanismo de reconocimiento de títulos respecto a las actividades profesionales a que se refieren las Directivas de liberación y de medidas transitorias.